¿QUÉ ES UNA ASOCIACIÓN?

Las Asociaciones son agrupaciones de personas constituidas para realizar una actividad colectiva de una forma estable, organizadas democráticamente, sin ánimo de lucro e independientes. Las asociaciones de mujeres se constituyen de forma idéntica a cualquier otro tipo de asociación y deben iniciarse al menos con 5 promotoras. Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación

¿CÓMO CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN?

1º.- Elaboración del acta fundacional y los estatutos.

  • Acta fundacional Documento obligatorio escrito que materializa el acto de constitución
  • Estatutos Documento donde se indican las normas de la asociación y la base del vínculo entre los asociados. Debe contener: - Lugar y fecha de aprobación - Denominación de la asociación - Finalidad y actividad - Domicilio social - Duración temporal - Ámbito territorial - Normas, órganos de gobierno y representación - Requisitos de admisión, baja asociados, derechos y deberes y tipología de socios - Patrimonio fundacional - Causas disolución

2.- Órganos de una Asociación

Asamblea General

Es el órgano donde reside la soberanía de la Asociación y está compuesta por todos los socios. Sus características fundamentales son:

  • Debe reunirse, al menos una vez al año, con carácter ordinario, para aprobar las cuentas del año que termina, y el presupuesto del año que empieza.
  • Las sesiones extraordinarias se celebrarán para la modificación de estatutos y para todo aquello que se prevea en ellos.

Junta Directiva

El Órgano de Representación, que normalmente se llama Junta Directiva, es el encargado de gestionar la Asociación entre Asambleas, y sus facultades se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, conforme a los Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General.

3º.- Inscripción en el REGISTRO GENERAL DE ASOCIACIONES DE CASTILLA LA MANCHA (En el caso de asociaciones con ámbito de actuación regional, en el caso de asociaciones estatales se debe registrar en el correspondiente en el Ministerio del Interior)

4º.- Inscribir la asociación en el REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES (si es de ámbito municipal y/o tiene su sede en Fuencaliente). Adicionalmente puede solicitar inscribirse en el Consejo Local de Participación